SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
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SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la realización de la ''XXXII FERIA AGROPECUARIA, AGROINDUSTRIAL, Y ARTESANAL'' CHOTA -2016, en lo que respecta a eventos agropecuarios, la misma que se llevará a cabo del J I al 13 de agosto del 2016, en el distrito y provincia de Chota. departamento de Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero> Se declare IMPROCEDENTE, la solicitud de de nulidad de los Actos Administrativos contenidos en los Títulos de Propiedad de los predios "Sombreruyo - Sangal" y "Los Ojos de Picacho", solicitado por los señores: Aníbal Zamora Ruíz, Ymelda Zamora Ruíz, Adelaida Zamora Ruíz, Domicilia Zamora Ruíz y Fredesvinda Zamora Ruíz, por haber transcurrido más de 13 años de encontrarse inscrito el derecho de propiedad, de los terrenos antes indicado denominados "Sombreruyo -Sangal", con una superficie de 4.4816 Has., y "Los Ojos Picacho", de una extensión superficial de 0.9093 Has., ubicados en el Sector de Tranca de Pujupe, comprensión del distrito y provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca, a favor de la señora Medina Villanueva Tomasa y Zamora Narva Fortunato, en las Fichas Nos. 128096 y 128133, de los Registros Públicos de la Zona Registra! Nº II - Sede Chiclayo, Oficina Registra! Chota.
Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina Registra! Chota, para su inscripción en las Fichas Nos. 128096 y 128133.
SE RESUELVE:
Artículo Primero-.
Autorizar la realización ele la "\/ FERIA AGROPECUARIA, ARTESANAL, CULTURAL Y DEPORTIVA "SANTISIMA CRUZ DE CHALPON", CENTRO POBLADO ANDAMACHAY' CORTEGANA -2016. en lo que respecta a eventos agropecuarios. la misma que se llevará a cabo del 04 al 05 de agosto del 2016, en el Centro Poblado ele Andamachay, comprensión del distrito de Cortegana. provincia de Celendin, departamento de Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR LA MODIFICACIÓN Nº 04. del Plan Anual de Contrataciones 2016, de la Dirección Regional de Agricultura Caja marca, aprobado por Resolución Di rectoral Regional Sectorial Nº O 1 1-2016-GR.CA.l/DRA. de fecha 18 ele enero del 2016. a efectos de incluir los siguientes procesos. ele acuerdo al cuadro adjunto:
"MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RJEGO CANAL CHILLIQlJE LATERAL VJLCHEZ, SECTORES SANTA TERESA, CATAHlJA, CASERÍO LA PUSHURA, DISTRITO DE .JAÉN Y BELLAVISTA, PROVINCIA DE .JAÉN, REGIÓN CAJAMARCA" CON CÓDIGO SNlP 344063.
"INSTALACIÓN DE SERVICIOS PARA LA CONSERVACIÓN, MANE.JO Y APROVECHAMlENTO SOSTENIBLE DE VICUÑAS EN LA ZONA ALTA ANDINA DE LAS PROVINCIAS DE CA.JAMARCA, CELENDÍN, ClJTERVO, SAN MARCOS, SAN MIGUEL y SAN PABLO DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA'' CÓDIGO SNIP 25630l.
"CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSlJL TORÍA PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO DE PREINVERSIÓN EN LA CADENA PRODUCTIVA DE LA TARA" "CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO DE PRE.INVERSIÓN A NIVEL DE FACTIBILIDAD DEL PROYECTO CAFÉ"
Artículo Segundo.- Excluir los procedimientos de selección según el cuadro adjunto:
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYECTOO DE PREINVERSIÓN DE MENESTRAS, LEGUMINOSAS, FRIJOL, LENTEJAS Y ARVEJAS".
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO DE PREINVERSIÓN PRODUCCIÓN DE GRAMINEAS TRIGO Y CEBADA".
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO DE PREINVERSIÓN PRODUCCIÓN DE ANIMALES MENORES".
"CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO DE PREINVERSIÓN DE FORESTALES".
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- Declarar la NULIDAD DE OFICIO del acto administrativo contenido en la Resolución Directora! Nº 29-2016-GR-CAJ-DRA/DTTCR. de fecha 11 de mayo del 2016, en el extremo del Articulo Segundo que declaró improcedente la inscripción de la Comunidad Campesina de San Antonio de Chigavillan, solicitado por su representante el señor JESÚS VICENTE LEÓN FLORIÁN, retrayendo el presente procedimiento hasta la etapa de inspección ocular; y, en el extremo del Articulo Tercero que declaró fundada las observaciones y oposiciones interpuesto por terceros, retrotrayendo el procedimiento hasta etapa de calificación de las observaciones y oposiciones, luego de la inspección ocular; dejando subsistente los demás articulas: sin pronunciamiento sobre el fondo del asunto, por no corresponder al estadio procesal.
Articulo Segundo.• Disponer que el Recurso Administrativo de Apelación, planteado por don JESÚS VICENTE LEÓN FLORIÁN. estese a lo resuelto en el Artículo Primero de la presente Resolución, dejando a salvo el derecho del recurrente para que lo ejercite oportunamente. si fuere el caso.
Artículo Tercero.• Exhórtese al Abog. RONALD EDWUAR SALAZAR CHAVEZ, Director de Titulación de Tierras y Catastro Rural de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Cajamarca. mayor diligencia en las funciones propias al cargo y estricta observancia de la Ley Nº 27444 y Decreto Supremo Nº 008-91-TR.
Artículo Cuarto.• Notificar la presente Resolución en el modo y forma de ley al apelante Jesús Vicente León Florián, en su domicilio procesal sito en Jr. Apurímac Nº 611 de la ciudad de Cajamarca, así como todos las partes intervinientes en el presente procedimiento administrativo y a la Dirección de Titulación de Tierras y Catastro Rural
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el artículo primero de la Resolución Directora! Regional Sectorial Nº 128-20 l 6-(1R.CAJ/DRA de fecha 03 de Junio del 2016. en respecto al cuadro anexo adjunto: en mérito al cumplimiento a la Carta Circular N 002-2016- CF DA 1 15-2016-EF; el cual tendrá como cuadro correcto el que <e anexa a la presente.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Administración de la Dirección Regional de Agricultura Cajumarca. TRANSFIERA de acuerdo a le). al Comité de Administración del Fondo de Asistencia ) Estimulo - C'AFAE. de la Dirección Regional de Agricultura Caiarnarca. fondos por la suma de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y .ClJATRO CON 27/100 SOLES (SI. 165,484.27 Soles). que corresponde para la Sede de la Unidad Ejecutora 100 - Agricultura del Pliego 44.5 del Gobierno Regional del Departamento de Caja marca. correspondientes al mes de JULIO DEL 2016, para el pago del lnceruivo Único para los Funcionarios) Sen idores Nombrados. que estén comprendidos en el Decreto Lcgislati-, o Nº 27(, ) que a continuación se detalla:
Nº DETALLE TOTAL DE , MONTO TOTAL DE
TRABAJA DORES INCENTIVO
1 Funcionarios y Servidores 164 165,484.27
Total General 164 165,484.27
Artículo Seoundo.- LA DIS'I HIBl;CIÓ'\/ del lnceuuvo Único se efectuarán a través del CA FA E. con el apoy o de cada Sistema Adm inistrati vo de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, en aplicación al Decreto de Urgencia Nº 088-2001, No, ena Disposición l ransitoria de la Ley Nº 28411 "Ley General del Sistema ~acional de Presupuesto". y a la Directiva que norma el roccdirnicnto para la aplicación del Incentivo Unico en la Unidad Ljecutora 100 Región Cajamarcu gricultura, así mismo el Comité de Administración de Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE. es el ncargado de la administración de los fondos, los mismos que deben ser otorgados a los Funcionarios ) Servidores Nombrados y que se encuentren bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 27f.. bajo responsabilidad, la Oficina de Control Institucional será la encargada Je cautelar el cumplimiento de lo transferido.