SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
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SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la realización de la "XIV FERIA GROPECUARIA, AGRO INDUSTRIAL, y ARTESANAL DEL HUANCHACO, "VIRGEN DE LA NATIVIDAD" DISTRITO BAÑOS DEL INCA - 2015, en lo que respecta a eventos agropecuarios, a realizarse del 04 al 05 de setiembre del 2015, en el distrito de Baños del Inca, provincia y departamento deCajamarca.
SE RESUELVE:
Articulo Primero; Artorizar la realizacion de la " XX FERIA AGROPECUARIA, COMERCILA, AGROINDUSTRIAL, GASTRONOMICA, ARTESANAL, FORESTAL, FOLKLORICA, DEPORTIVA Y TURISTICA" TACABAMBA- 2015, en lo que respecta a eventos agropecuarios, a realizarse del 11 al 14 de setiembre del 2015, eb el distrito de tacabamba, provinicia de Chota, departemento de Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la realización de la "V FERIA AGROPECUARIA "HERMOSO VALLE DE CONDEBAMBA" y "11 FESTIVAL GASTRONOMICO y AGROINDUSTRIAL" MALCAS - 2015, en lo que respecta a eventos agropecuarios, a realizarse del 31 de agosto del 2015, en el Centro Poblado de Maleas, comprensión del distrito de Condebamba, provincia de Cajabamba, departamento de Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la realización de la "X FERIA AGROPECUARIA, ARTESANAL Y TURISTTCA" NAMORA -2015, en lo que respecta a eventos agropecuarios, a realizarse del 27 al 28 de agosto del 2015, en el distrito de Namora, provincia y departamento de Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Administración de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, TRANSFIERA de acuerdo a Ley, al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE, de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, fondos por la suma de CIENTO SESENTA y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA y SIETE CON 10/100 NUEVOS SOLES (S/. 166,777.10), que corresponde para la Sede de la Unidad Ejecutora 100 - Agricultura del Pliego 445 del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca, correspondientes al mes de AGOSTO DEL 2015, para el pago del incentivo único provisional para los Funcionarios y Servidores Nombrados, que estén comprendidos en el Decreto Legislativo N° 276 Yque a continuación se detalla:
DETALLE TOTAL DE MONTO TOTAL DE
TRABAJADORES INCENTIVO
166 166,777.10
166 166,777.10
Artículo Segundo.- LA DISTRIBUCIÓN del Incentivo Único Provisional se efectuarán a través del CAFAE, con el apoyo de cada Sistema Administrativo de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, en aplicación al Decreto de Urgencia N° 088-2001, Novena Disposición Transitoria de la Ley N° 28411 "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto", y a la Directiva que norma el procedimiento para la aplicación del incentivo único provisional en la Unidad Ejecutora 100 - Región Cajamarca - Agricultura, así mismo el Comité de Administración de Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE, es el encargado de la administración de los fondos, los mismos que deben ser otorgados a los Funcionarios y Servidores Nombrados y que se encuentren bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276, bajo responsabilidad, la Oficina de Control Institucional será la encargada de cautelar el cumplimiento de lo transferido
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la liquidación de la obra "MEJORAMIENTO Y AMPLlACION DEL SISTEMA DE RIEGO SUROCONGA, CASERIO COÑOR, C.P HUAMBOCANCHA ALTA - CAJAMARCA" con Código SNIP N° 171561, ejecutado bajo la modalidad de ejecución por contrata, a cargo del Consorcio SUDAMERIS S.R.L, por un monto total de inversión de SI. 449,442.00 (Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Mil Cuatrocientos Cuarenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles); por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar INFUNDADOS los recursos de apelación interpuesto por Nicolás Dolores Rumay Huaccha y Gloria Sistina Palomino Becerra Vda. de Romero, en contra de la Resolución Directoral N° 021-20 14-GR.CAJ/DRA-OAD, de fecha 24 de octubre del 2014, por las consideraciones expuestas en la presente resolución, declarándola subsistente y válida, quedando agotada la vía administrativa.