SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
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SE RESUELVE:
Articulo Primero- MODIFICAR el Plan Anual de Contrataciones 2015 de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, aprobado mediante Resolución Directoral Regional Sectorial N° 023-2015-GR-CA) I DRA, de fecha 22 de enero de 2015, a efectos de EXCLUIRlos siguientes procesos:
Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de un Coordinador General para el proyecto "Mejoramiento de la Competitividad de la Cadena Productiva de Cultivos Andinos Quinua, Tarwi y Haba en las provincias de Cajabamba, Cajamarca, San Marcos, Celendín, Hualgayoc, Cutervo, Chota y San Pablo de la Región Caíamarca", hasta por un monto referencial de SI. 45,000.00.
Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de un Especialista en Producción de Semillas para el proyecto "Mejoramiento de la Competitividad de la Cadena Productiva de Cultivos Andinos Quinua, Tarwi y Haba en las provincias de Cajabamba, Cajamarca, San Marcos, Celendín, Hualgayoc, Cutervo, Chota y San Pablo de la Región Calarnarca", hasta por un monto referencial de S/. 22,500.00.
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- MODIFICAR el Plan Anual de Contrataciones
2015 de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, aprobado mediante Resolución Directoral Regional Sectorial N° 023-2015-GR-CAj / DRA, de fecha 22 de enero de 2015, a efectos de INCLUIR los siguientes ítems:
Ítem 1: Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de un Coordinador General para el proyecto "Mejoramiento de la Competitividad de la Cadena Productiva de Cultivos Andinos Quinua, Tarwi y Haba en las provincias de Cajabamba, Cajamarca, San Marcos, Celendín, Hualgayoc, Cutervo, Chota y San Pablo de la Región Cajamarca", hasta por un monto referencial de S/. 45,000.00.
ítem 2: Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de un Especialista en Producción de Semillas para el proyecto "Mejoramiento de la Competitividad de la Cadena Productiva de Cultivos Andinos Quinua, Tarwi y Haba en las provincias de Cajabamba, Cajamarca, San Marcos, Celendín, Hualgayoc, Cutervo, Chota y San Pablo de la Región Cajamarca", hasta por un monto referencial de S/. 22,500.00.
ítem 3: Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de un Especialista en Cultivos para el proyecto "Mejoramiento de la Competitividad de la Cadena Productiva de Cultivos Andinos Quinua, Tarwi y Haba en las provincias de Cajabamba, Cajamarca, San Marcos, Celendín, Hualgayoc, Cutervo, Chota y San Pablo de la Región Cajamarca", hasta por un monto referencial de S/. 36,000.00.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ACEPTAR la donación de la Cooperación Alemana al Desarrollo - Agencia GIZ en el Perú, a favor de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Cajamarca, de una Camioneta con las siguientes características: Placa de Rodaje: EGS-966, Marca: Nissan, Modelo: X-Trail, Clase: SUV, Color: Rojo Perlado, Motor N° YD22155311A, Serie: JNHENT305W001159, Año de Fabricación 2004, Estado: Operativo.
Artículo Segundo.- AGRADECER a la Cooperación Alemana al Desarrollo - Agencia GIZ en el Perú, por la donación del bien mueble descrito en el artículo primero de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- APROBAR el ALTA PATRIMONIAL de una camioneta, cuyas características se detallaron en el artículo primero de la presente resolución, correspondiente a la Cuenta Contable que se indica:
1503.0201 MAQUINARIA, VEHICULOS y OTROS. SI. 72,440.14
1503.0101 Para Transporte Terrestre SI. 72,440.14
Artículo Cuarto.- DSIPONER, el trámite ante la SUNARP para la inscripción de la unidad vehicular transferida por donación de Cooperación Alemana al Desarrollo - Agencia GIZ en el Perú, a favor de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero> DECLARAR consentida la
Resolución Directoral Regional Sectorial N° 057-2015-GR.CA/DRA, de fecha 12 de marzo de 2015, quedando fume dicho acto administrativo y con autoridad de Cosa Decidida.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ATENDER el pedido del Señor SANTIAGO SIME INOQUIO, con otorgarle 02 Remuneraciones Totales, por concepto del subsidio por fallecimiento de familiar directo, su señora madre Tula Brida Inoquio de Sime, cuyo monto asciende a la cantidad de SI.1,165.04 (mil ciento sesenta y cinco con 04/1 00 soles oro); y por concepto de subsidio por gastos de sepelio, le corresponde 02 Remuneraciones Totales, la misma que asciende a SI. 1,165.04 (mil ciento sesenta y cinco con 04/100, haciendo un total de SI. 2,330.08 (dos mil trescientos treinta con 08/100 nuevos soles).
SE RESUELVE
Artículo Primero.- Atender lo solicitado por el señor JOSÉ LÁZAROHERAS SAMÁN, pensionista del Decreto Ley N° 20530, de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, otorgándole 02 Pensiones Totales Nivelables, por concepto de subsidio por fallecimiento de familiar directo su señora madre Juana Samán Llanos, acaecido el 24 de febrero del 2015, en el Caserío Alto Miraflores, comprensión del Centro Poblado Otuzco, del distrito de Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca, cuyo monto asciende a la cantidad de SI. 4,519.30 (cuatro mil quinientos diecinueve con 30/100 nuevos soles), declarando improcedente respecto al otorgamientoO del subsidio por luto, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- Atender lo solicitado por el señor JOSÉ LÁZAROHERAS SAMÁN, pensionista del Decreto Ley N° 20530, de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, otorgándole 02 Pensiones Totales Nivelables, por concepto de subsidio por fallecimiento de familiar directo su señora madre Juana Samán Llanos, acaecido el 24 de febrero del 2015, en el Caserío Alto Miraflores, comprensión del Centro Poblado Otuzco, del distrito de Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca, cuyo monto asciende a la cantidad de SI. 4,519.30 (cuatro mil quinientos diecinueve con 30/100 nuevos soles), declarando improcedente respecto al otorgamientoO del subsidio por luto, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.