SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
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Artículo Primero.- Autorizar la realización de la "IV FERIA AGROPECUARIA, AGROINDUSTRIAL, ARTESANAL, COMERCIAL Y FOLKLORICA DE UÑIGAN 2012", en lo que respecta a eventos agropecuarios, a realizarse del 28 al 30 de agosto del 2012, en el centro Poblado Uñigan, distrito de Paccha, provincia de Chota, departamento de Cajamarca.
Artículo Segundo.- Reconocer al Comité Organizador del Evento Agropecuario, el cual está conformado por las siguientes personas:
Artículo Tercero.- El Comité Organizador reconocido con la presente Resolución, coordinará con las Autoridades Políticas y Policiales, para el apoyo y las garantías necesarias para el normal desarrollo del indicado evento.
Artículo Cuarto.- La Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, a través de Agencia Agraria Chota, apoyará con el Asesoramiento Técnico al Comité Organizador, así como también se encargará de tomar las medidas pertinentes que garantice la sanidad de los productos agropecuarios y su adecuada comercialización. Al término del evento el Comité Organizador señalado en el Artículo Segundo de la presente Resolución, está obligado a emitir Informe detallado y el balance económico documentado de dicho Certamen a la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 8° de la Resolución Ministerial N° 0650-2006-AG., "Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios"
Artículo Primero.- Autorizar la realización de la "VI EXPOSICION AGROPECUARIA, AGROINDUSTRIAL, ARTESANAL Y FOLKLORICA SANTA CRUZ 2012", en lo que respecta a eventos agropecuarios, a realizarse del 29 al 31 de agosto del 2012, en el distrito de Santa Cruz, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca.
Artículo Segundo.- Reconocer al Comité Organizador del presente Evento Agropecuario, el cual está conformado por las siguientes personas:
Artículo Tercero.- El Comité Organizador reconocido con la presente Resolución, coordinará con las Autoridades Políticas y Policiales, para el apoyo y las garantías necesarias para el normal desarrollo del indicado evento.
Artículo Cuarto.- La Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, a través de Agencia Agraria Cutervo, apoyará con el Asesoramiento Técnico al Comité Organizador, así como también se encargará de tomar las medidas pertinentes que garantice la sanidad de los productos agropecuarios y su adecuada comercialización. Al término del evento el Comité Organizador sefialado en el Artículo Segundo de la presente Resolución, está obligado a emitir Informe detallado y el balance económico documentado de dicho Certamen a la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 8° de la Resolución Ministerial N° 0650-2006-AG., "Reglamento de Ferias y Eventos AgropecuariOS'"
Artículo Primero.- Autorizar la realización de la "II FERIA AGROPECUARIA Y ARTESANAL VIRGEN DE LA ASUNCION DE MARIA PAMPA LA LAGUNA 2012", en lo que respecta a eventos agropecuarios, a realizarse del 09 al 10 de agosto del 2012, en el caserío Pampa La Laguna, distrito y provincia de chota, departamento de Cajamarca.
Artículo Segundo.- Reconocer al Comité Organizador del EventoAgropecuario,el cualestá conformadopor las siguientespersonas:
Artículo Tercero.- El Comité Organizador reconocido con la presente Resolución, coordinará con las Autoridades Políticas y Policiales, para el apoyo y las garantías necesarias para el normal desarrollo del indicado evento.
Artículo Cuarto.- La Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, a través de Agencia Agraria Chota, apoyará con el Asesoramiento Técnico al Comité Organizador, así como también se encargará de tomar las medidas pertinentes que garantice la sanidad de los productos agropecuarios y su adecuada comercialización. Al término del evento el Comité Organizador señalado en el Artículo Segundo de la presente Resolución, está obligado a emitir Informe detallado y el balance económico documentado de dicho Certamen a la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 8° de la Resolución Ministerial N° 0650-2006-AG., "Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios" .
Artículo Primero.- Atender el pedido del señor JOSE CONCEPCION ZAMBRANO CHILON, con otorgarle 02 pensiones totales nivelables, por concepto de subsidio por fallecimiento de su señora esposa María Ramos Gonzales Flores de Zambrano, cuyo monto asciende a la cantidad de S/. 1,479.24 (mil cuatrocientos setenta y nueve con 24/100 nuevos soles) y 02 pensiones totales TRP-C nivelables, por concepto de subsjdio por gastos de sepelio, cantidad que asciende a SI. 1,479.24 (mil cuatrocientos setenta y nueve con 24/100 nuevos soles), cantidades que sumadas hacen un total de S/.(, 2.958.48 (dos mil novecientos cincuenta y ocho con 48/100 nuevos soles).
Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Administración, de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, cancele al pensionista señor JOSE CONCEPCION ZAMBRANO CHILON, lo dispuesto en el artículo primero de la presente resolución, con cargo a Genérica de Gastos 2.2.2.3.4.3. Gastos por Sepelio y Luto, como consecuencia del fallecimiento de los Pensionistas, así como de sus familiares directos, del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 100 - Dirección Regional de Agricultura Cajamarca.
Artículo Primero."Otorgaral señor MV. ViCTOR AMÉRICO CHICO ALVITRES, el importe de QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 47/100 NUEVOS SOLES(S/.549.47), correspondientea 28 días de vacaciones truncas,por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Autorizara la Oficina de Administración efectué el pago dispuesto en el artículo precedente de la presente resolución.
Artículo Primero.- Reconocer el quinto quinquenio al señor MARCIANO ELICEO SALAS DELGADO, trabajador nombrado de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, cumplidos el 03 de octubre del 1998, consecuentemente otórguese la bonificación personal correspondiente al 25% de la Remuneración Básica, equivalente a SI. 0.01, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Se!!undo.- Otorgar por única vez al señor MARCIANO ELICEO SALAS DELGADO, el beneficio por cumplir veinticinco (25) años de servicios prestados al Estado, correspondiente a dos (02) remuneraciones mensuales totales, por el monto de S/. 1,161.66 (un mil ciento sesenta y uno con 66/100 nuevos soles), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Tercero.- Autorizar a la Oficina de Administración, de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, para que abone en forma mensual la bonificación personal; y por única vez los beneficios por cumplir veinticinco (25) años de servicios prestados al Estado, al señor MARCIANO ELICEO SALAS DELGADO, los mostos señalados en los artículos precedentes, siendo aplicados los egresos que demande la presente resolución, de conformidad con las Específicas del Clasificador de Gastos, del presupuesto en vigencia, con cargo a la Unidad Ejecutora 100 - Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca.
Artículo Primero.- Aprobar la transferencia de CIENTO SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 70/100 Nuevos Soles (SI. 167,945.70),al Comité de Administración de Fondos de Asistencia y Estímulo- CAFAE de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, correspondiente al mes de JULIO del 2012, para su distribución y pago a los trabajadores nombrados de la Entidad, por el concepto de incentivos laborales de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.