SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
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Artículo Primero.- Reconocerel sexto quinquenio a la señorita MARIA SOLEDAD MONTOYA CARBAJAL, trabajadora de nombrada de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, cumplidos al 1°de abril del 2012, consecuentemente otórguese la bonificación personal correspondiente al 30% de la Remuneración Básica equivalente al 0.02, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Otorgar por única vez a la señorita MARIA SOLEDAD MONTOYA CARBAJAL, el beneficio por cumplir treinta(30) años de servicios prestado al Estado, correspondienate tres(3) remuneracion meensuales totales por el monto de DOS MIL VEINTICINCO CON 75/100 NUEVOS SOLES(S/. 2,025.75 por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Tercero.-Autorizar a la Oficina de Administración de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca para que abone en forma mensual la bonificación personal y por única vez los beneficios por cumplir treinta(30) años de servicios prestados al Estado a la señorita MARIA SOLEDAD MONTOYA CARBAJAL , los montos señalados en los artículos precedentes; siendo aplicados los egresos que demande la presente resolucion de conformidad con las Especificas del Clasificador de Gastos, del presupuesto en vigencia, con cargo a la Unidad Ejecutora 100 - Dirección Regional de Agricultura Cajamarca.
Artículo Primero.- Autorizar la realización de la "III EXPO FERIA AGROPECUARIA y ARTESANAL LLAMAPAMPA 2012", en lo que respecta a eventos agropecuarios, a realizarse el 06 de julio del 2012, en el caserío de Quelluacocha, distrito de Namora, provincia y departamento de Cajamarca.
Artículo Segundo.- Reconocer al Comité Organizador del presente Evento Agropecuario, el cual está conformado por las siguientes personas:
Artículo Tercero.- El Comité Organizador reconocido con la presente Resolución, coordinará con las Autoridades Políticas y Policiales, para el apoyo y las garantías necesarias para el normal desarrollo del indicado evento.
Artículo Cuarto.- La Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, a través de Agencia Agraria de la provincia de Cajamarca, apoyará con el Asesoramiento Técnico al Comité Organizador, así como también se encargará de tomar las medidas pertinentes que garantice la sanidad de los productos agropecuarios y su adecuada comercialización. Al término del evento el Comité Organizador seftalado en Artículo Segundo de la presente Resolución, está obligado a emitir Informe detallado y el balance económico documentado de dicho Certamen a la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 80 de la Resolución Ministerial N° 0650-2006-AG., "Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios".
Artículo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud del señor PRESTACION MONTEZA ZULOETA, sobre nivelacion de beneficios y gratificaciones por cumplir 25 y 30 años de servicios prestados al Estado, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion.
Artículo Primero.- Declarar la IMPROCEDENCIA de la renuncia presentada por la trabajadora nombrada CELINA MEDALID CABRERA CACHO, al cargo cargo de técnico administrativo I STC, ingresada por mesa de partes mediante carta de fecha 30.05.2012.
Artículo Segundo.- Trasladar el caso a la Comisión permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, a fin de que evalúe la responsabilidad administrativa de la señora CELINA MEDALID CABRERA CACHO, por haber decidido unilateralmente hacer efectiva su renuncia ausentándose de su centro de labores desde el 30.05.2012.
Artículo Primero.- Atender el pedido del señor Remando Díaz Delgado, con otorgarle 02 remuneraciones totales, por concepto de subsidio por fallecimiento de su señor padre Pedro Pablo Díaz Altamirano, cuyo monto asciende a la cantidad de SI. 1,417.36 (mil cuatrocientos diecisiete nuevos soles con 36/100); asimismo, que se atienda el pedido de otorgarle 02 remuneraciones totales, por concepto de gastos de sepelio, la misma que asciende a la cantidad de SI. 1,417.36 (mil cuatrocientos diecisiete nuevos soles con 36/100); haciendo un total por ambos conceptos de SI. 2,834.72 (dos mil ochocientos treinta y cuatro nuevos soles con 72/100).
Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Administración de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, para que abone los subsidios por fallecimiento de familiar directo y gastos de sepelio, al servidor indicado en el Artículo Primero de la presente resolución, cuyo egreso será aplicado a la Partida 2.2.2.3.4.2. "Gastos de sepelio y luto del personal activo", de la Unidad Ejecutora 100- Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, del presupuesto en vigencia.
Artículo Primero.- DISPONER la ampliaciónde la Resolución de Dirección RegionalN° 127-2012-GR-CAJ/DRA, de fecha29 de mayo del 2012 y su rectificatoria la Resolución de Dirección Regional °139-2012-GR.-CAJ/DRA, fecha 11 de junio del 2012, consignándose enorden alfabético los nombres y apellidos de cada uno de los integrantesde la Asociaciónde Cesantes y Jubilados del Sector Agrario "ACEJUSA" que como anexos en ocho(8) folios forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el egreso que origine la presente resolución se efectuará con cargo incluso a recursos ordinarios del Tesoro Público del Gobierno Regional de Cajamarca, por mandato expreso del Tercer Juzgado Especializado Civil de Cajamarca y por las razones expuestasen la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de fecha 29 de mayo del 2012, presentada a la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, por el señor Oscar Ramiro Altamirano Quispe, solicitando 30 días de licencia sin goce de remuneraciones, por las consideraciones expuestas en la resolución.