SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
Para buscar una resolución por número: ingrese el número de la resolución sin ceros adelante. Ejemplo: parara buscar la resolución 006, ingrese solamente 6
ArtículoPrimero.- DISPONER la restitución de su derecho a los integrantes de la Asociación de Cesantes y Jubilados del Sector Agrario "ACEJUSA", de continuar percibiendo el adicional diario por refrigerio y movilidad, correspondiente al 10% del Ingreso Mínimo Legalo Remuneración Mínima, de conformidad con las disposiciones de la Resolución Ministeria N°419-88-AG y el Convenio Colectivo de fecha 21 de setiembre de 1988; cuya contingencia ocurrió del 1°de junio de 1988 al 30 de abril de 1992; por las razones expuesta en la presente resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER que el egreso que origine la presente resolución se efectuará con cargo a la Fuente de Financiamiento de ingresos propios u otras fuentes que no afecten al tesoro público de los Pliegos del Ministerio de Agricultura e Instituto Nacional de Investigación Agraria y Agroindustrial actualmente Unidad Ejecutora 100- Agricultura de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Cajamarca.
Artículo Tercero.- DISPONER que el pago de devengados a los integrantes de la Asociación de Pensionistas y Jubilados del Sector Agrario "ACEJUSA" se atenderá cuando el resultado del peritaje dispuesto por el juzgados que de consentido, debiendo elevarse la resolución judicial al Ministerio de Economía y Finanzas para el presupuesto respectivo.
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolucióna la Oficina de Normalización Previsional-ONP, para los fines de ley; del modo a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Agricultura.
Artículo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE el pedido de permuta realizado por los trabajadores MANUEL RONALD BARDALES TACULÍ y CELINA DALID CABRERA CACHO, requerida el pasado 04 de abril del 2012.
Artículo Primero.- Aprobarla transferencia de CIENTO SESENTA MIL CIENTO DIECINUEVE Y 63/100 Nuevos soles (SI. 170,119.63), al Comité de Administración de Fondos de Asistencia y Estímulo de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, correspondiente al mes de MAYO del 2012, para su distribución y pago a los trabajadores nombrados de la Entidad, por el concepto de incentivos laborales de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.
Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación, interpuesto por el señor Edwin Almanzor Velásquez Dávila, contra el Oficio N° 016-2012-GR.CAJ-DRAC/CEP-CAS, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de Dirección Regional N° 028-20 12-GR.CAJ/DRA, de fecha 10 de febrero del 2012.
Artículo Segundo.- Designar a los nuevos miembros integrantes de la Comisión Especial Permanente la que estará a cargo de llevar a cabo los Procesos de Selección y Evaluación de los Contratos Administrativos de Servicios - CAS, de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, conformada de la sIguiente manera.
TITULARES:
SUPLENTES
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la licencia sin goce de haber, otorgada a la trabajadora señora LUZ ROSARIO BRACO VILLEGAS, mediante Resolución de Dirección Regional N° 118-2012-GR.CAJ/DRA, del 17 de mayo del 2012; a partir del 11 de mayo del 2012, fecha de su reincorporación y, por tanto, PROCEDENTE su pedido.
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de Dirección Regional N° 090-2012-GR.CAJ/DRA, de fecha 10 de febrero del 2012.
Artículo Segundo.- Designar a los nuevos miembros integrantes del Comité Especial Permanente a cargo de los Procesos de Selección de las Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, para el año 2012, de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, el mismo que esta conformado de la siguiente manera:
MIEMBROS TITULARES.
MIEMBROSSUPLENTES.