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Reglamento de Infracciones y Sanciones Ambientales del Sector Agrario

Miércoles, 14 Noviembre, 2012 - 10:29
Numero : 
17

Artículo 1º.- Objeto

  • El presente Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento administrativo sancionador para lapor incumplimiento a la legislación y/o compromisos ambientales contenidos en los instrumentos de gestión ambiental y/o componentes ambientales de los Planes de Manejo y/o Concesiones, entre otros que se encuentran bajo la competencia del Sector Agrario.
  • Para dicho fi n el Ministerio de Agricultura como entidad ambiental competente en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental faculta a la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (en adelante DGAAA), en su calidad de autoridad ambiental del Sector Agrario, la función de supervisión, fi scalización y sanción, respecto de los procedimientos administrativos ambientales del Sector Agrario, que impliquen el incumplimiento de la base normativa del Ministerio de Agricultura y/o el Ministerio del Ambiente y/o normas generales o trasversales, así como el incumplimiento de las normas legales y técnicas referidas a la salud, a la conservación y protección del ambiente o que afecte o ponga en riesgo la salud de la población en el desarrollo de las actividades de competencia del Sector Agrario, incluidas las que deriven del incumplimiento de las normas que regulan los procedimientos de denuncias de terceros afectados o la ciudadanía en general u otras autoridades.
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