SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
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SE RESUELVE:
Artiuclo Primero COFORMAR el comite de Control Interno CCI, de la Direccion Regional de Agricultura Cajamarca, encargar de poner en marcha las acciones necesarias para la adecuada implementacion del Sistema de Control SCI y su eficaz funcionamiento, a traves de la mejora continua, el mismo que estera conformado de la siguiente manera:
MIEMBROS TITULARES
Director de la Dirección Titulación de Tierras y Catastro Rural
Abogado Wilmer Orlando ÁlvarezCastañeda Presidente
Director de la Oficina de Planificación
Ingeniero Mg.SC Raúl Alberto Cáceres Cabanillas Secretario Técnico
Director Oficina de Administración
Economista Milser Edwin Monteza Guerrero Miembro
Director Competitividad Agraria
Ingeniero Neiser Erik Hernández Nimboma Miembro
Director Estadística e Informática
Ingeniero Julio César Gamarra Montenegro Miembro
MIEMBROS SUPLENT E S
>- Director Recursos Forestales y de Fauna Silvestre Miembro
Ingeniero Betty Noemí Ruíz Caruajulca
>- Director Agencia Agraria Celendín Miembro
Ingeniero Elmer Ernán Campos Díaz
>- Director Agencia Agraria Cajamarca Miembro
Ingeniero Nicanor Huaripata Colorado
>- Director de la Dirección Agencia Agraria San Pablo Miembro
Médico Veterinario Eleodoro Martín Vásquez Solís Zúñiga
Secretario Técnico del Procedimiento Administrativo
Disciplinario.
Abogado César Guillermo Bardales Bardales
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Expediente Técnico del Proyecto de ública denominado ""Mejoramiento del Servicio de Agua Para Riego Canal Chilllque chez, Sectores Santa Teresa, Catahua, Caserío La Pushura, Distrito de Jaén y Bellavista, Jaén, Región Cajamarca" con Código SNIP Nº 344063, por el monto total Nº S/ 3,850,569.30 tres ochocientos cincuenta mil quinientos sesenta y nueve con 30/100 nuevos soles); así como el resolución de 210 días, por los fundamentos expuestos en la parte considcrativa de la presente
SE RESUELVE
Articulo Primero.. Declarar PROCEDENTE lo solicitado por la señora Maria Teresa Rodriguez Rojas de Rojas, 02 pensiones totales, por concepto de subsidio por fallecimiento de su Madre de la servidora (pensionista) señora Maria Juana Rojas Garcia, acaecido el 10 de febrero del 2017, en el Estableciemiento de Salud Regional Cajamarca, ubicado en el dustrito, provincia y departamento de Cajamarca, cuyo monto asciende a la cantidad de S/ 4,45.44 (cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con 44/100 soles), asimismo 02 remuneraciones totales, por concepto de subsidio por gastos de sepelio, el mismo que asciende a la cantidad de S/ 4,454.44 (cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con 44/100 soles), cuyo monto total asciende a S/ 8,908.88 (ocho mil novecientos cincuenta y cuatro con 88/100 soles), de conformidada los fundamentos expuestos en la parte consdiderativa de la presente resolucion.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE lo solicitado por el senor Román Cabellos Torres, Pensionista del Decreto Ley Nº 20530 de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca; y otórguese 02 pensiones totales, por concepto de subsidio por falleciimiento de su señora madre Maximila Torres Guevara, acaecido el 02 de marzo del 2017, en el Establecimiento de Salud Regional Cajamarca, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca, cuyo monto asciende a la cantidad
de S/ 5,674.46 ( cinco mil seiscientos setenta y cuatro con 46/100 so.les), asrrmsmo .02 remuneraciones totales,por concepto de subsidio por gastos de sepelio, el mismo que asciende a cantidad de S~ 5,674.46 (cinco mil seiscientos setenta y cuatro con 46/100 Soles), cuyo monto total asciende a S/. 11,.,48.92 (once mil trescientos cuarenta y ocho con 92/100 Soles), de conformidad a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
, SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE lo solicitado por el señor EIicino Saavedra Jirón, Pensionista Nivelable de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca; órguese 02 pensiones totales, por concepto de subsidio por fallecimiento y de su esposa señora Gladys aribel Abanto Pereyra, acaecido el 23 de febrero del 2017, en el Centro de Salud Hospital II ES SALUD ajamarca,ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca, cuyo monto asciende a la cantidad SI 5,019.74
(cinco mil diecinueve con 741100 Soles), asimismo 02 remuneraciones totales, por concepto a subsidio por gastos de sepelio, el mismo que asciende a la cantidad de (diez mil treinta y nueve con 481100 Soles), de SI 5,019.74 (cinco mil diecinueve con 74/100 Soles), cuyo monto total asciende a SI. 10,039.48 expuestos en la parte considerativa de la presente opinión legal.conformidad a los fundamentos
SE RESUELVE:
Artículo Primero> Declarar PROCEDENTE lo solicitado por la señora ALICIA YOLANDA CABRERA LEÓN, por lo tanto se le debe otorgar pensión provisional nivelable de viudez, por estar acreditada como esposa del que en vida fuera el pensionista del Decreto Ley Nº 20530, de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, señor Abe] Johanson Peláez, la suma de S/ 967.82 (novecientos sesenta y siete con 82/100 soles), monto que corresponde al 90% de la pensión definitiva que ascendería a S/ 1,075.36 (mil setenta y cinco con 36/100 soles),
hasta que la Oficina de Normalización previsional- ONP, emita la Resolución definitiva que le corresponde a la administrada, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la correspondiente resolución.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE lo solicitado por la señora Alicia Yolanda Cabrera León, otorgándole 03 pensiones totales, por concepto de subsidio por fallecimiento de su esposo quien fuera pensionista del Decreto Ley Nº 20530 de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, señor Abe! Johanson Peláez, acaecido el 02 de marzo del 2017, Hospital JI ESSALUD Cajamarca, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca, cuyo monto asciende a la cantidad de S/ 6,452.16 (seis mil cuatrocientos cincuenta y dos con 16/100 Soles), asimismo 02 remuneraciones totales, por concepto de subsidio por gastos de sepelio, el mismo que asciende a la cantidad de S/ 4,301.44 cuatro mil trescientos uno con 44/100 Soles), monto total asciende a S/. 10,753.60 (diez mil.setec!entos cincuenta y tres con 60/100 Soles), de conformidad a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.