SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
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SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar Firme y Consentida la Resolución Directoral Regional Sectorial N° 199-2014-GR-CAJ/DRA de fecha 12 de setiembre del 2014 la misma que declara nulo el procedimiento de denuncio de tierras erizas y reversión al Dominio del Estado y posterior Adjudicación; en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 01, por 30 (treinta) días Calendario, solicitada por el Consorcio Carrex Internacional Trading S.A.C y Kallpa Inti S.R.L. por la causal señalada en el numeral 2) del Artículo 175° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
SE RESUELVE: Artículo Primero.' Designar la Comisión Técnica de Trabajo de Saneamiento Contable de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, la misma que estará conformada por las siguientes personas:
Titulares
CPC. Martha Maruja Meléndez Urbano Presidente.
Téc. Nicolás Estacio Rudas Miembro.
Téc. María Magdalena Bautista de Facho Miembro.
MV. Axel Abner Ortiz Cabanillas Miembro.
Suplentes
Téc. José Arístides Correa Cerna.
Téc. Rosa Lucia Mantilla Tafur.
CPC. Manuel Ronald Bardales Taculi.
Téc. Leonardo Gallardo Pachamango.
SE RESUELVE,
Articulo Primero APROBAR la Modificaciones Ejecutadas sin evaluación, en la fase de inversión de el Proyecto de inversion Pública 35509 denominado, " MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA CANAL DE RIEGO ZONANGA ALTO - DISTRITO Y PROVINCIA DE JAEN CAJAMARCA", por un monto de S/. 2,896,912.04 considerando el plazo de ejecucion de ocho semanas es decir de dos meses.
Arículo Segundo Modificar con la presente resolucion a la Oficina de Administracion , a la Direccion de Competitividad Agraria, a el Proyecto " MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA CANAL DE RIEGO ZONANGA ALTO - DISTRITO Y PROVINCIA DE JAEN CAJAMARCA", a la oficina de logística.
SE RESUELVE
Artículo Primero.' Excluir del Plan Anual de Contrataciones - PAC del año 2015 de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, 34 procesos de selección no ejecutados en el ejercicio presupuestal 2015.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR EL ADICIONAL N° 02 de la Obra" MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO CANAL QUILISH LA PACCHA- CASERIO SAN ANTONIO PLAN TUAL-C.P. HUAMBOCANCHA ALTA, CAJAMARCA" , por un monto de SI. 45,722.46 (Cuarenta y Cinco Mil Setecientos veintidós con 461100Nuevos Soles).
Artículo Segundo.- APROBAR El DEDUCTIVO N° 02 de la Obra" MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO CANAL QUILISH LA PACCHA- CASERIO SAN ANTONIO PLAN TUAL-C.P. HUAMBOCANCHA ALTA, CAJAMARCA" , por un monto de SI. 51,506.76 (Cincuenta y un mil quinientos seis, con 76/100 Nuevos Soles).
ArtículoTercero.- APROBAR EL DEDUCTIVO NETO N° 02 de la Obra" MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO CANAL QUILISH LA PACCHA- CASERIO SAN ANTONIO PLAN TUAL-C.P. HUAMBOCANCHA ALTA, CAJAMARCA" , por un monto de SI. 5,784.30 (Cinco Mil Setecientos Ochenta y Cuatro con 301100 Nuevos Soles), con una incidencia total de 0.81% respecto del Deductivo de Obra N° 02 y Adicional de Obra N° 02; con respecto del Monto del Contrato original, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Cuarto.- AUTORIZAR, al Contratista Rio Grande, Ejecutar el presente Adicional de Obra N° 02, a partir del día siguiente de notificado con la presente resolución.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declara la Nulidad de Oficio del Acto Administrativo contenido en la Resolución Directoral W 53-2015-GR-CAJ/DRA/DTTCR,de fecha 27 de noviembre del 2014, emitido por la Dirección de titulación de tierras y Catastro Rural, por la razones expuesta en parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Declarar improcedente el Recurso Administrativo de Apelación interpuesta contra Resolución Directoral W 53-2015-GR-CAJ/DRA/DTTCR,de fecha 27 de noviembre del 2014, interpuesto por la señora AMELlA VÁSQUEZ TORRES, por estar dirigido a un acto administrativo nulo.
Artículo Tercero.- Rectificar el error material de número de DNI 80134560 consignada en el Certificado de Formalización de la Propiedad Rural del predio La Palma, ubicado en el sector Huichud, distrito y provincia de Cutervo; de 3 hectáreas con 201 metros cuadrados, Código de Predio W 7-7359300-06985, inscrito en la Partida Electrónica 0216519 (Ficha W 11372) de la SUNAPR; siendo lo correcto, el número de DN142091700, solicitado por la señora AMELlA VASQUEZ TORRES; quedando resuelto el silencio administrativo negativo interpuesto con fecha 17 de noviembre del 2015.
Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución en el modo y forma de ley a la interesada en su domicilio procesal sito en el Jr. Lima 339, de la ciudad de Cutervo, distrito y provincia del mismo nombre; a la Dirección de Titulación de Tierras y Catastro Rural, conjuntamente con el expediente administrativo; del mismo modo,