SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
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SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de Dirección Regional Sectorial Nº 069-2016-GR.CAJ/DRA, de fecha 11 de abril del 2016, en el extremo que designa al señor lng. Helmer Américo Tejada Rcngifo. Administrativo de la Agencia Agraria de la Provincia de Cajabamba. para el uso y manejo de los Fondos Caja Chica, con cargo a las Fuentes de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados, por los fundamentos expuestos en la parte consideran va de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Designar al señor Marco Rojas Tafur. Administrativo de la Agencia Agraria de la Provincia de Cajabarnba. quien estará a cargo del manejo de los fondos para caja chica, de los fuentes de financiamiento: recursos ordinarios, recursos directamente recuadados y resusos y recursos determinados, asignados a dicha Agencia Agraria.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Calendario Regional de Ferias y Eventos Agropecuarios, para el año 2016, a desarrollarse en la jurisdicción de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, el presente Calendario se detallan en el anexo que forma parte de la presente resolución.
Artículo Segundo.- La Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, queda encargada de autorizar, difundir, modificar las ferias y eventos agropecuarios, considerados en el respectivo calendario, cuando las circunstancias lo demande. Sin embargo de exi .irotras actividades conexas que no sean competencia del Sector Agrario, las Organizaciones grarias y/o interesados solicitarán la autorización a la entidad pública correspondiente.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- Atender lo solicitado por la señora MARINA TERESA HERNÁNDEZ SERRANO, pensionista del Decreto Ley N° 20530, de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, otorgándole en vía de regularización pensión definitiva nivelable, a partir del 01 de marzo de 1997, estructurada de la siguiente manera:
NOMBRE MARINA TERESA
APELLIDOS HERNÁNDEZSERRANO
CONDICIÓN PENSIONISTA NIVELABLE - D.L. N° 20530
NIVEL STC
TIEMPO DE SERVICIOS 23 AÑOS, 05 MESES, 28 DÍAS
ESTRUCTURA DE LA PENSIÓN:
BASICA (PENSIÓN PRINCIPAL) 72.43
COSTO DE VIDA 00.00
BONIFICACION PERSONAL 0.01
BONIFICACIÓN FAMILIAR 3.00
DECRETO SUPREMO N° 276.91-EF 37.60
ASIGNACION REF. y MOVILIDAD 5.01
BONIF. ESPEC. D.S. N° 051-91 9.00
BONIFICACION D.L. N° 25697 55.04
DECRETO DE URGENCIA N° 37-94 178.60
DECRETO DE URGENCIA N° 090-96: 57.71
DECRETO DE URGENCIA N° 073-97: 66.94
DECRETO DE URGENCIA N° 011-99 : 66.89
D.L. N° 28440, L.L. N° 110 Y OTROS : 100.00
D.S. N° 024-20 12-EF. D.S. N° 004-2013: 25.00
D.S. N° 003-2014-EF 27.00
D.S. N° 002-2015-EF 30.00
SENTENCIA MANDATO JUDICIAL: 00.00
TOTAL S/. 734.23
SE RESUELVE
Articulo Primero: Autorizar la realizacion de la "VI FESTICUY JESUSANO" 2015, en lo que especta a evento agropecuario, el mismo que se lleva a cabo el dia 28 de noviembre del 2015, en el distrito de Jesús, pronvincia de departamento de Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- CÚMPLASE con lo estipulado en la Resolución Gerencial Regional N° 015-2015-GR.CAJ/GRDE, y déjese sin efectos legales la decisión contenida en el Memorando N° 10 14-20 15-GR.CAJ .DRA, de fecha 29 de Setiembre del 2015, debiendo reponerse al Señor Emilio Jesús Sangay Asencio a su cargo de Abogado 1, en la Unidad Orgánica de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- Atender lo solicitado por el señor LUIS FERNANDO MIRANDA TERAN, pensionista del Decreto Ley N° 20530, de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca,otorgándole 02 pensiones totales nivelable, por concepto de subsidio por fallecimiento de su sefiora Madre Luz del Carmen Terán Romero Vda. de Miranda, acaecido el28 de julio del 2015, en el Hospital Alta Complejidad Virgen del Carmen, del distrito de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, monto que asciende a la cantidad de SI. 1,086.40 (mil ochenta y seis con 40/100 nuevos soles), y por concepto de gastos de sepelio, le corresponde dos 02 pensiones totales nivelable, la misma que asciende a SI. 1,086.40 (mil ochenta y seis con 401100 nuevos soles), haciendo un total de SI. 2,172.80 (dos mil ciento setenta y dos con 801100 nuevos soles).
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Rectificar el artículo primero de la Resolución de Dirección Regional N° 123-2013-GR-CAJ/DRA., de fecha 19 de junio del 2013, en el sentido siguiente:
Dice: "Dr. Jesús Rodríguez Álvarez".
Debe decir: "Dr. Jesús Rodríguez Chávez".