SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
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SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la Apertura del Fondo para Caja Chica de la Unidad Ejecutora 100 - Agricultura del Pliego 445 del Gobierno Regional de Cajamarca, hasta por la suma de S/ 10,000.00 (DIEZ MIL CON 00/100 SOLES), con cargo a las fuentes de financiamiento Recurso Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, para el Ejercicio Presupuestario 2016; efectuando gastos por comprobante de pago autorizados por la SUNAT (facturas, boletas de venta, recibos por honorarios, entre otros) hasta por la suma S/ 790.00, equivalente al 20% de la UIT, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.
Artículo Segundo.- DESIGNAR a los servidores que estarán a cargo de uso y manejo de fondo para Caja Chica, aprobado en el artículo precedente de la presente resolucion; que a continuacion se indica:
Sede Regional
Maria del Carmen Herrera De Ibañez Cajera de la Sede de la Direccion Regional de Agricultura de Cajamarca
Agencias Agrarias:
Jorge Rómulo Abanto Abanto Agencia Agraria Cajamarca.
Juan Oswaldo Monzón Ávila Agencia Agraria Cajabamba.
Luis Eduardo Muñoz Zapata Agencia Agraria Celendín.
Jorge Adrián Díaz Huamán Agencia Agraria Contumazá
Julio Edmundo Meléndez Vargas Agencia Agraria San Marcos
Henry Martín Aurazo Díaz Agencia Agraria San Pablo.
Erasmo Orgel Sangay Cueva Agencia Agraria San Miguel.
Adelinda Tantaleán Cieza Agencia Agraria Bambamarca.
Octavio Villoslada Villoslada Agencia Agraria Santa Cruz.
Jovita Sempertigui de Cieza Agencia Agraria Chota.
Nelly Azucena Gamonal Mejia Agencia Agraria Cutervo.
María Esther Exebio Llaque Agencia Agraria Jaén.
Antonio Córdova López Agencia Agraria San Ignacio.
Oficinas Agrarias
Luciano Tapia Pérez Oficina Agraria Chilete
Artículo Tercero.- DISPONER que, el importe en efectivo esté rodeado de ciertas condiciones de seguridad que impidan su sustracción o deterioro, llevar el Libro Auxiliar autorizado, rendir cuenta documentada siendo responsable de la ejecución de los gastos el Director de Administración y los Directores de las Agencias Agrarias usuario de los fondos, conjuntamente con el personal administrativo responsable; la habilitación del Fondo deberá ser previamente autorizada por el Director de Administración y el Jefe de Tesorería de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Administración elabore una Directiva para la administración de la Caja Chica, aprobado en el primer artículo de la presente Resolución; en la misma oportunidad de su constitución, y disponer la realización de arqueos inopinados sin perjuicio de las acciones de fiscalización y control a cargo del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional.
Artículo Quinto.- DISPONER que el concepto de gasto con cargo a Caja Chica, corresponden a gastos menores que demanden su cancelación inmediata o que, por su fimalidad y características, no puedan ser debidamente programados; debiendo ajustarse el gasto a
las específicas del Clasificador de Gastos, en las siguientes partidas:
Especifica Concepto
23.11.11 Alimentos y Bebidas para Consumo Humano.
23.12.11 Vestuario, Accesorios y Prendas Diversas.
23 .13 .11 Combustibles y Carburantes.
23.13.13 Lubricantes, Grasas y Afines.
23.15.11 Repuestos y Accesorios.
23.15.12 Papelería en General. Útiles y Material de Oficina.
23.15.31 Aseo, Limpieza y Tocador.
23.15.41 Electricidad, Iluminación y Electrónica
23.16.11 De Vehículo.
23.16.199 Otros Accesorios y Repuestos
23.110.14 Fertilizantes, Insecticidas, fungicidas y Similares.
23.111.11 Para Edificios y Estructuras.
23.111.12 Para Vehículos.
23.199.13 Libros Diarios, Revistas y Otros Bienes impresos no Vinculados a Enseñanza
23.199.199 Otros Bienes.
23.21.21 Pasajes y Gastos de Transporte.
23.21.22 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio.
23.22.11 Servicio de Suministro de Energía eléctrica.
23.22.12 Servicio de Agua y Desagüe.
23.22.21 Servicio de Telefonía Móvil.
23.22.22 Servicios de Telefonía Fija.
23.22.23 Servicio de lnternet.
23.22.31 Servicio de Mensajería.
23.22.42 Otros Servicios de Publicidad y Difusión.
23.22.44 Servicio de impresiones, Encuadernación y Empastado.
23.23.12 Servicios de Seguridad y vigilancia.
23.24.11 De Edificaciones, Oficinas y Estructuras.
23.24.13 De Vehículos.
23.24.15 De Maquinaria y Equipos.
23.24.199 De Otros Bienes y Activos
23.25.11 De Edificios y Estructuras.
23.26.12 Gastos Notariales.
23.27.24 Perfiles de inversión.
23.27.25 Estudios e investigaciones.
23.27.43 Soporte Técnico.
23.27.52 Propinas para Practicantes
23 27.199 Servicios Diversos.
26.23.44 Costo de Construcción por Administración Directa - Bienes.
26.23.45 Costo de Construcción por Administración Directa - Servicios.
26.61.17 Semillas y Almácigos.
26.71.62 Gastos por Compra de Bienes.
26.71.63 Gastos por la Contratación de Servicios.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ratificar a partir del 07 de enero del 2015, al Abogado RONALD EDWAR SALAZAR CHÁVEZ, como Director del Programa Sectorial II - Director de la Dirección de Titulación de Tierras y Catastro Rural, de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ratificar a partir del 07 de enero del 2015, al Abogado EDUARDO ABEL CASTRO ZAFRA, como Director Sistema Administrativo II - Director de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL SUJETO AL REGIMEN LABORAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA, DECRETO SUPREMO N° 728, con el objeto de establecer y regular las conductas apropiadas del buen comportamiento y desempeño laboral, el Reglamento costa con veintiuno (21) capítulos, treinta y cuatro (34) títulos, contenido en diecisiete (17) folios.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ratificar a partir del 07 de enero del 2015, al Economista IVAN MENA ALBERCA, como Director Programa Sectorial II- Director de la Dirección de Competitividad Agraria, de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RATIFICAR, a partir del 07 de enero de 2015, al Ingeniero Nilton Palmer Palomino Terán como Director de Programa Sectorial II - Director de la Agencia Agraria San Pablo, de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto, a partir del 07 de enero de 2015, la designación del M.V. Oldemar Yzquierdo Hernández como Director de Programa Sectorial II - Director de la Agencia Agraria Santa Cruz, de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca.
Artículo Segundo- Agradecer al M.V. Oldemar Yzquierdo Hernández por la labor desarrollada durante el tiempo que duró su designación como Director de Programa Sectorial II - Director de la Agencia Agraria Santa Cruz, de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca.
Artículo Tercero- Designar, a partir del 07 de enero de 2015, al ingeniero José Rubén Aguinaga Sánchez como Director de Programa Sectorial II- Director de la Agencia Agraria Santa Cruz, de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca.