SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
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SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto, a partir del 31 de Enero de 2014, la designación del Ing. Joel Cusquisiban Minchan como Director de Programa Sectorial II — Director de la Dirección de Competitividad Agraria de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca.
Artículo Segundo.- Agradecer al Ing. Joel Cusquisiban inchán por la labor desarrollada durante el tiempo que duró su designación como Director de Programa Sectorial II - Director de la Dirección de Competitividad Agraria de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca.
Artículo Tercero.- Designar, a partir del 31 de Enero del año 2014, al Bachiller en Economía IVÁN MENA ALBERCA, como Director de Programa Sectorial II - Director de la Dirección de Competitividad Agraria de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ratificar a partir del 07 de enero del 2015, a la Economista JANETH DEL ROSARIO RUDAS URBINA, como Director del Sistema Administrativo II - Director de la Oficina de Administración, de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la autorización de uso temporal de 91,800.62 m2, ubicado en el Km. 21.40 (lado derecho) de la carretera San Marcos - Cajabamba, a favor de PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que servirá como Depósito de Materiales de Excedencia durante la ejecución de la obra "Mejoramiento de la Carretera San Marcos - Cajabamba - Sausacocha: Tramo San Marcos - Cajabamba"; que ejecuta el contratista: Consorcio Vial San Marcos, bajo la supervisión del Consorcio Supervisor Cajabamba
Artículo Segundo.- Aprobar el Acta de acuerdos de fecha 24 de octubre del 2013, suscrita entre la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Cajamarca, el Contratista de la Obra Consorcio Vial San Marcos y el Consorcio Supervisor Cajabamba, cuyo incumplimiento de las partes dará lugar a la resolución del acuerdo.
RESUELVE
Artículo Primero.- Reconocer al señor LUIS OLAYA MAZA, al 07 de abril del 2005, 29 años, de servicios prestados al Estado, habiendo cumplido su quinto quinquenio, consecuentemente otórguese el 25% de la Remuneración Básica, equivalente a S/. 0.01.
Artículo Segundo.- Otorgar al señor LUIS OLAYA MAZA, el beneficio laboral por cumplir 25 años de servicios prestado al Estado, correspondiente a 02 remuneraciones mensuales totales, por el monto de S/. 1,178.56 (mil ciento setenta y ocho, con 56/100 nuevos soles).
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Administración TRANSFIERA al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE. de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, la suma de CIENTO SESENTA Y SIETE MIL, QUINIENTOS OCHENTA CON 92/100 NUEVOS SOLES (SI. 167.580 92). correspondiente al mes de ENERO del 2014, para el Pago del Incentivo Único para los Funcionarios y Servidores que están comprendidos en el Decreto Legislativo N° 276 y que a continuación se detalla:
N° DETALLE TOTAL DE TRABAJADORES MONTO TOTAL DE INCENTIVOS
1 FUNCIONARIOS Y SERVIDORES 164 167.580.92
TOTAL GENERAL: 164 167,580.92
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el "Encargo" a personal de la institución para el manejo de fondos correspondiente a las fuentes de financiamiento: Recursos Ordinario, Recursos Directamente Recadados y Recurso Determinados para el ejercicio presupuestal 2014 del presupuesto de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, hasta por un monto de TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (SI. 38,000.00), y con una facturación hasta el 20% de la UIT, es decir SI. 760.00 nuevos soles por comprobante de pago autorizado por la SUNAT, y para una adquisición directa hasta tres (3) UITs, como máximo, cuyo importe es de SI. 11,400.00; de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias, y la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15 y sus modificatorias. Los servidores que estarán a cargo del uso y manejo de fondo de "Encargos", se detalla a continuación:
Sede Regional:
María del Carmen Herrera De Ibáñez. Cajera de la Sede de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca.
Agencias Agrarias:
Jorge Rómulo Abanto Abanto Agencia Agraria Cajamarca
Julio Edmundo Meléndez Vargas Agencia Agraria San Marcos
Juan Oswaldo Monzón Ávila Agencia Agraria Cajabamba.
Cario Adolfo Cueva Miranda Agencia Agraria Contumazá
Aldo Romero Romero Agencia Agraria San Pablo.
Erasmo Orgel Sangay Cueva Agencia Agraria San Miguel
Eduardo Muñoz Zapata Agencia Agraria Celendín
Aida Nori Sánchez Díaz Agencia Agraria Jaén.
Flormira Cusma Campos Agencia Agraria Chota
Ramiro Campos Rodríguez Agencia Agraria Cutervo
Presentación Monteza Zuloeta Agencia Agraria Santa Cruz
Adelinda Tantaleán Cieza Agencia Agraria Bambamarca
Remigio Heredia Medina Agencia Agraria San Ignacio.
Oficinas Agrarias:
Rosa Elizabeth Piña Salva Oficina Agraria Tembladera
Carlo Adolfo Cueva Miranda Oficina Agraria Chilete
Artículo Segundo - DISPONER, que los responsables del fondo por la modalidad de sirgo" al personal de la institución, debe efectuar las rendiciones de cuenta documentada del gasto, en un plazo que no debe exceder los tres (03) días hábiles después de concluida la actividad materia del encargo. No procede la entrega de nuevos "Encargos" a personas que tienen pendientes la rendición de cuentas o devolución de montos no utilizados de "Encargos" anteriormente otorgados, bajo responsabilidad del Director General de Administración o de quien haga sus veces.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR que el concepto de gasto por "Encargos", son para fines distintos de los que tienen establecidos el Fondo para Pagos en Efectivo o Fondo Fijo para Caja Chica; debiendo ajustarse los gasto a las específicas del Clasificador de Gastos, en las siguientes partidas:
Específica Concepto
23.11.11 Alimentos y Bebidas para Consumo Humano.
23.12.11 Vestuario, Accesorios y Prendas Diversas.
23.13.11 Combustibles y Carburantes
23.13.13 Lubricantes, Grasas y Afines.
23.15.11 Repuestos Y Accesorios
23.15.12 Papelería en General. Útiles y Material de Oficina.
23.15.31 Aseo, Limpieza y Tocador.
23.1 5.41 Electricidad, Iluminación y Electrónica
2316.11 De Vehículo.
23.16.199 Otros Accesorios y Repuestos
23.110.14 Fertilizantes, Insecticidas, fungicidas y Similares.
23.111.11 Para Edificios y Estructuras
23.111.12 P ara Vehículos
23.199.13 Libros Diarios, Revistas y Otros Bienes impresos no Vinculados a Enseñanza
23.199.199 Otros Bienes.
23.21.21 Pasajes y Gastos de Transporte.
23.21.22 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio.
23.22.11 Servicio de Suministro de Energía eléctrica.
23.22.12 Servicio de Agua y Desagüe
23.22.21 Servicio de Telefonía Móvil.
23.22.22 Servicios de Telefonía Fija.
23.22.23 Servicio de Internet.
23.22.31 Servicio de Mensajería
23.22.42 Otros Servicios de Publicidad y Difusión
23.22.44 Servicio de impresiones, Encuadernación y Empastado
23.23.12 Servicios de Seguridad y vigilancia
23.24.11 De Edificaciones, Oficinas y Estructuras
23.24.13 De Vehículos.
23.24.15 De Maquinaria y Equipos.
23.24.199 De Otros Bienes y Activos
23.25.11 De Edificios y Estructuras.
23.26.12 Gastos Notariales.
23.27.24 Perfiles de inversión.
23.27.25 Estudios e investigaciones
23.27.43 Soporte Técnico.
23.27.52 Propinas para Practicantes
23.27.199 Servicios Diversos
26.23.44 Costo de Construcción por Administración Directa - Bienes
26.23.45 Costo de Construcción por Administración Directa - Servicios.
26.71.62 Gastos por Compra de Bienes
26.71.63 Gastos por la Contratación de Servicios.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar a la Comisión Técnica de Inventarlo de la Unidad Ejecutora 100 -Agricultura; el mismo que estará conformado por las siguientes personas:
• Bach. Iván Mena Alberca Presidente.
• CPC Martha Maruja Meléndez Urbano Secretario Técnico.
• Ing. Isaías Federico Plasencia Carrera Miembro.
• Téc. Rosa Lucía Mantilla Tafur Miembro.
Articulo Segundo.- Disponer que la Comisión Técnica de Inventario designado en el artículo 1o de la presente Resolución, cumplirá las funciones consignadas en los numerales 6.4.1 y 6.4.2 de la Directiva N° 03-2013-GR-CAJ/DRA-DPAT, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6.4.3 de la misma Directiva.