SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
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SE RESUELVE
Declarar PROCEDENTE lo solicitado por la Servidora CLARA ELENA SANCHEZ CABRERAy reconocerlo al 01 de setiembre del 2017 30 años de servicios prestados al Estado, habiendo cumplido su sexto quinquenio, consecuentemente otorguese el 30 de la Remuneracion Basica equivalente a S/.0.04
Artículo Segundo.- OTORGAR a la Servidora CLARA ELENA SANCHEZ CABRERA, el beneficio laboral por cumplir 30 años de servicios prestado al Estado. correspondiente a tres (03) renuneraciones mensuales totales, por el monto de S/ 2.092.68 (Dos mil noventa
y dos con 68/100 soles), ele acuerdo al Informe Escalafonario Nº 009-2017-GR.CAJ/DRA-OAD/UPER, emitido por la encargada ele Remuneraciones de la Oficina de Administración - Personal. de la Dirección Regional de Agricultura Cajarnarca; y remitido a la Oficina de Asesoría
Jurídica, con Oficio Nº 045-2018-GR.CA.l/DRA/OA-UPER, de fecha 26 ele enero del 2018, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Opinión Legal.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar INFUNDADA la pretensión solicitada por el Servidor .JOSE MERCEDES RODRIGUEZ TANTA. sobre otorgamiento ele la compensación adicional iaria por refrigerio y movilidad. hasta el 10% del Ingreso Mínimo Legal. otorgada mediante Resolución Ministerial N° 00419-88-AG. con retroactividad del O I de junio de 1988. en cumplimiento al acuerdo de Negociación Colectiva del 21 de setiembre de 1988. en el marco legal de la Constitución Política del Perú de 1979. por los fundamentos expuestos en la parte
considerativa ele la presente resolución.
. Artícu!o Primero ..- Declarar INFUNDADA la pretensión solicitada por el ex servidor FERNANDO CUEVA CHUQUIRUNA sobre otorgamiento de la compensacion adicional diaria por refrigerio y movilidad, hasta el 10% del ingreso minimo legal, otorgada mediante Resolucion Ministerial N°0041-88AG- con retroactividad de 01 junio del 1988, en cumplimiento al acuerdo Negociacion Colectiva del 21 de setiembre 1988. en el marco legal de la Constitucion Politica del Peru de 1979, por los fundamentos expuestos en la parte considrativa de la presente resolucion.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la Apertura del Fondo para Caja Chica de la Unidad Ejecutora 100 - Agricultura del Pliego 445 del Gobierno Regional de Cajamarca, con cargo a las fuentes de financiamientos Recurso Ordinarios, Recursos Directamente
caudados, Determinados, Donaciones y Transferencias para el Ejercicio Presupuestal 2018; hasta por un monto de S/ 10,000.00 soles y con una facturación hasta el 20% de la Unidad Ampositiva Tributaria, cuyo importe es de S/ 810.00 soles. El personal AUTORIZADO el uso y manejo de fondo para CAJA CHICA, es el siguiente:
Sede Regional
Maria del Carmen Herrera De Ibáñez. Cajera de la Sede de la Direccion Regional de Agricultura Cajamarca
Agencias Agrarias:
Jorge Rómulo Abanto Abanto Agencia Agraria Cajamarca
César Rosmer Yache Rojas Agencia Agraria Cajabamba
Luis Eduardo Muñoz Zapata Agencia Agraria Celendin
Delfín Diveriades Lezcano Saavedra Agencia Agraria Contumaza
Julio Edmundo Meléndez Vargas Agencia Agraria San Marcos
Porfirio Llatas Mendoza Agencia Agraria San Pablo
Erasmo Orgel Sangay Cueva Agencia Agraria San Miguel
Adelinda Tentalean Cieza Agencia Agraria Bambamarca
Octavio Villoslada Villoslada Agencia Agraria Santa Cruz
Jovita Sempertegui de Cieza Agencia Agraria Chota
Nelly Azucena Gamogal Mejia Agencia Agraria Cutervo
Maria Esther Exebio Llaque Agencia Agraria Jaen
Remigio Heredia Medina Agencia Agraria San Ignacio
Oficinas Agrarias
Luciano Tapia Perez Oficina Agraria Chilete
Artículo Segundo.- DISPONER que, el importe en efectivo esté rodeado de ciertas condiciones de seguridad que impidan su sustracción o deterioro, llevar el Libro Auxiliar autorizado, rendir cuenta documentada siendo responsable de la ejecución de los gastos el Director de Administracion y los Directores de las Agencias Agrarias usaurio de los fondos, conjuntamente cin el personal administrativo responsable; la habilitacion del Fondo debera ser previamente autorizada por el director de Administracion y el Jefe de Tesoreria de la Direccion Regional de Regional de Agricultura de Cajamarca
Articulo Primero Disponer que la Oficina de Administracion elabore una Directiva para la administracion de la Caja Chica, aprobado en el primer articulo de la presente Resolución; en la misma oportunidad de su constitución, y disponer la realización de
arqueos inopinados sin perjuicio de las acciones de fiscalización y control a cargo del Órgano de control Institucional del Gobierno Regional.
Artículo Cuarto. - DISPONER que el concepto de gasto con cargo a Caja Chica, corresponden a gastos menores que demanden su cancelación inmediata o que, por su finalidad y características, no puedan ser debidamente programados; debiendo ajustarse el gasto a las espefificas del clasificador de gastos, en las siguientes partidas.
Específica Concepto
23.11.11 Alimentos y Bebidas para Consumo Humano. Vestuario,
23.12.11 Accesorios y Prendas Diversas.
23.13.11 Combustibles y Carburantes.
23.13.13 Lubricantes, Grasas y Afines.
23.15.11 Repuestos y Accesorios.
23.15.12 Papelería en General.
23.15.31 Útiles y Material de Oficina.
23.15.41 Aseo, Limpieza y Tocador.
23.16.11 Electricidad, Iluminación y Electrónica
23.16.199 De Vehículo.
23.110.14 Otros Accesorios y Repuestos
23.111.11 Fertilizantes, Insecticidas, fungicidas y Similares.
23.111.12 Para Edificios y Estructuras Para Vehículos.
23.199.13 Herramientas
23.199.199 Libros Diarios, Revistas y Otros Bienes impresos no Vinculados a Enseñanza
23.21.21 Otros Bienes: Maquinaria y Equipo de Oficina, alimento consumo humano
23.21.22 Pasajes y Gastos de Transporte.
23.22.12 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio.
23.22.21 Servicio de Suministro de Energía eléctrica. Servicio de Agua y Desagüe.
23.22.22 Servicio de Telefonía Móvil. Servicios de Telefonía Fija.
23.22.23 Servicio de Internet
23.22.31 Servicio de Mensajeria
23.22.31 Otros Servicios de Publicidad y Difusion}
23.22.44 Servicio de Impresiones Encuadernacion Y empastado
23.23.12. Servicios de Seguridad y vigilancia
23.24.11 De Edificaciones Oficinas y estructuras
23.24.13 De Vehiculos
23.24.15 de maquinas y equipos
23.24.199 de otros bienes y activos
23.25.11 de edifios y estructuras
23.26.12 gastos notariales
23.26.33 seguro obligatorio accidentes de transito soat
23.27.24 perfiles de inversion
23.27.25 estudios e investigaciones
23.27.43 soporte tecnico
23.27.52 propinas para practicantes
23.27.199 servicios diversos
26.23.44 costo de construccion por administracion directa bienes
26.23.45 costo de construcion por administracion directa servicios
26.32.11 maquinaria y equipo de oficina
26.32.31 bienes de capital
26.61.17 semillas almacigos
26.71.61 gastos por contracion de personal planilla mano de obra
26.71.62 gastos por compra de bienes inversiones intangibles
26.71.63 gastos por la contrataciones de servicios de pago por difusion
26.81.31 estudios de preinversion
26.81.31 elaboracion de expedientes tecnicas
SE RESUELVE
Articulo Primero Otorgar pension provisional de viudez, a favor de doña ESTHER MIGUELINA GARCIA DE SANCHEZ, derivada del pensionista del Decreto Ley N° 20530 de la Direccion Regional de Agricultura Cajamarca, de quien en vida fue don MARIO SANCHEZ CHAVEZ, el importe de un MIL CIENTO UNO CON 22/100 SOLES (S/ 1,101..22). monto que corresponde al 90 % de la probable pension definitiva que ascenderia a s/ 1,223.57 soles, el cual sera abonado a partir del 19 de noviembre de 2017, de conformidad con lo expresado en la presente resolucion.
Artículo Segundo. - Autorizar a la Oficina de Administración de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, para que se le otorgue la Pensión Provisional de viudez, a doña ESTHER MIGUELINA GARCÍA DE SÁNCHEZ, con cargo a la Genérica 2 - Pensiones del Decreto Ley
Nº 20530, de la Específica 2.2.1.1.1.1, de la Unidad Ejecutora 100 - Dirección Regional de Agricultura Cajamarca.
Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Personal, de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, para que consentida y/o ejecutoriada que sea la presente Resolución, remita a la ONP el : expediente materia de la presente Resolución,
en original o copias autenticadas, debidamente foliado, adjuntando el Informe Técnico, teniendo en cuenta la documentación mínima necesaria, para la calificación de derechos del régimen del Decreto Ley Nº 20530, que se consigna en el Anexo 1, de la Resolución Jefatura! Nº 049-2017-JEFATURA/ONP.
SE RESUELVE:
Artículo Primero. - APROBAR el "Encargo" a personal de la institución para el manejo de fondos correspondiente a las fuentes de financiamiento: Recursos Ordinario, Recursos Directamente recadados, Determinados Donaciones y Transferencias para el Ejercicio Presupuesta! 2018 de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, hasta por un monto de S/. 39,500.00, con una facturación hasta el 20% de la Unidad Impositiva Tributaria -UIT, cuyo importe es de S/. 810.00 como mínimo; por adquisición directa máximo hasta ocho (8) Unidades
de Impositiva Tributaria UIT, siendo el importe de S/. 32,400.00, de acuerdo con la normativa de Contrataciones del Estado, Ley Nº 30225 y modificatoria y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF y su modificatoria; así como la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15 y sus modificatorias. El personal de la institución AUTORIZADO para el mane manejo de fondo en su modalidad de "ENCARGOS" es el siguiente:
Sede Regional
María del Carmen Herrera de lbáñez. Cajera de la Sede de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca.
Agencias Agrarias:
Jorge Rómulo Abanto Abanto Agencia Agraria Cajamarca
César Rosmer Yache Rojas Agencia Agraria Cajabamba
Luis Eduardo Muñoz Zapata Agencia Agraria Celendin
Delfín Diveriades Lezcano Saavedra Agencia Agraria Contumaza
Julio Edmundo Meléndez Vargas Agencia Agraria San Marcos
Porfirio Llatas Mendoza Agencia Agraria San Pablo
Erasmo Orgel Sangay Cueva Agencia Agraria San Miguel
Adelinda Tentalean Cieza Agencia Agraria Bambamarca
Octavio Villoslada Villoslada Agencia Agraria Santa Cruz
Jovita Sempertegui de Cieza Agencia Agraria Chota
Nelly Azucena Gamogal Mejia Agencia Agraria Cutervo
Maria Esther Exebio Llaque Agencia Agraria Jaen
Remigio Heredia Medina Agencia Agraria San Ignacio
Oficinas Agrarias
Luciano Tapia Perez Oficina Agraria Chilete
Articulo Segundo DISPONER que los responsables del fondo por modalidad de Encargo al personal de la intitucion, debe efectuar las rendiciones de cuenta doccumentdad del gasto, en un plazo de no debe exceder los tres 03 dias habiles despues de concluida la actividad materia del encargo. no procede la entrega de nuevos Encargos a personas que tienen pendientes la rendiciones de cuentaxs o devolucion de montos no utilizados de encargos anteriormente otorgados bajo responsabilidad del Director General de Administracion o de quien haga sus veces.
Articulo Tercero--- AUTORIZAR que el concepto de gasto por encargos son para fines distinos de lo que tienen establecidos el Fondo para Pagos en Efectivo o Fondo Fijo para caja chica, debiendo ajustarse los gastos especiales de clasificador de gastos en las siguientes partidas:
Específica Concepto
23.11.11 Alimentos y Bebidas para Consumo Humano. Vestuario,
23.12.11 Accesorios y Prendas Diversas.
23.13.11 Combustibles y Carburantes.
23.13.13 Lubricantes, Grasas y Afines.
23.15.11 Repuestos y Accesorios.
23.15.12 Papelería en General.
23.15.31 Útiles y Material de Oficina.
23.15.41 Aseo, Limpieza y Tocador.
23.16.11 Electricidad, Iluminación y Electrónica
23.16.199 De Vehículo.
23.110.14 Otros Accesorios y Repuestos
23.111.11 Fertilizantes, Insecticidas, fungicidas y Similares.
23.111.12 Para Edificios y Estructuras Para Vehículos.
23.199.13 Herramientas
23.199.199 Libros Diarios, Revistas y Otros Bienes impresos no Vinculados a Enseñanza
23.21.21 Otros Bienes: Maquinaria y Equipo de Oficina, alimento consumo humano
23.21.22 Pasajes y Gastos de Transporte.
23.22.12 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio.
23.22.21 Servicio de Suministro de Energía eléctrica. Servicio de Agua y Desagüe.
23.22.22 Servicio de Telefonía Móvil. Servicios de Telefonía Fija.
23.22.23 Servicio de Internet
23.22.31 Servicio de Mensajeria
23.22.31 Otros Servicios de Publicidad y Difusion}
23.22.44 Servicio de Impresiones Encuadernacion Y empastado
23.23.12. Servicios de Seguridad y vigilancia
23.24.11 De Edificaciones Oficinas y estructuras
23.24.13 De Vehiculos
23.24.15 de maquinas y equipos
23.24.199 de otros bienes y activos
23.25.11 de edifios y estructuras
23.26.12 gastos notariales
23.26.33 seguro obligatorio accidentes de transito soat
23.27.24 perfiles de inversion
23.27.25 estudios e investigaciones
23.27.43 soporte tecnico
23.27.52 propinas para practicantes
23.27.199 servicios diversos
26.23.44 costo de construccion por administracion directa bienes
26.23.45 costo de construcion por administracion directa servicios
26.32.11 maquinaria y equipo de oficina
26.32.31 bienes de capital
26.61.17 semillas almacigos
26.71.61 gastos por contracion de personal planilla mano de obra
26.71.62 gastos por compra de bienes inversiones intangibles
26.71.63 gastos por la contrataciones de servicios de pago por difusion
26.81.31 estudios de preinversion
26.81.31 elaboracion de expedientes tecnicas
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE lo solicitado por el Servidor CESAR HERNAN QUISPE CORDOVA, con otorgarle 02 remuneraciones totales, por concepto de subsidio por fallecimiento de familiar directo. su señora Madre Rosa Gudelia Córclova Visconde, cuyo monto asciende a S/. 1, 190.92 (Mil ciento noventa con 92/100 soles) y por gastos de sepelio dos (2) remuneraciones por la suma ele S/ 1, 190. 92 (Mi I ciento noventa con 92/ 100 soles), haciendo un total de S/. 2,381.84 (Dos mi I trescientos ochenta y uno con 84/100 soles).