SE RESUELVE DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORA! REGIONAL SECTORIAL Nº 168-...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”
Artículo Primero.- Declarar INADMISIBLE el Recurso de Apelación presentado por la persona de Zarela Rubí Ledezma Rodríguez, con número de MAD 969035, otorgándole el plazo de DOS 02 días hábiles a fin de que SUBSANE LA OMISiÓN ADVERTIDA, contenida en los numerales 3) y 7) del artículo 109 del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 138-2012-EF, "Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado", bajo apercibimiento de tenerse por no presentado el recurso.
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